Siganos en Twitter Siganos en Facebook Email

Volver a: Inicio > Sala de Noticias > Breves de Impuesto

Exoneraciones en materia de impuestos sobre importaciones de combustible derivado de hidrocarburos.

Actualizado el 21 d enero dl 2026

De acuerdo con el Decreto No 5.207, emitido por la Presidencia de la República, las importaciones definitivas y las ventas realizadas en el territorio nacional de combustibles derivados de hidrocarburos, así como los insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina realizadas por el Estado directamente, por empresas de su exclusiva propiedad o por empresas mixtas con participación de capital estatal y privado en cualquier proporción y por empresas privadas de acuerdo con en el artículo 58 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, quedan exoneradas del IVA, impuestos de importación y tasa por determinación de régimen aduanero así como de cualquier otra contribución o tasa aplicable, por el lapso de un año contado a partir del 12 de enero de 2026.

Para ser beneficiario de la misma en el caso de la importación se debe presentar en la misma oficina aduanera en la que se vaya a realizar la importación: (i) la relación descriptiva de los bienes a ser importados (ii) factura comercial emitida a nombre del adquiriente y (iii) el oficio de exoneración emitida por el SENIAT.


El Decreto incluye la exoneración del IGTF a las ventas territoriales de combustible derivado de hidrocarburos así como los insumos o aditivos destinado al mejoramiento de la gasolina efectuadas por los contribuyentes mencionados anteriormente. El SENIAT deberá emitir una Providencia Administrativa para regular la exoneración del IGTF en comento.

Quienes no cumplan con las disposiciones del Código Orgánico Tributario, el Impuesto al Valor Agregado, la Ley Orgánica de Aduanas sus normas reglamentarias, así como otras normas tributarias, no podrán gozar de los beneficios otorgados en el Decreto (Gaceta Oficial No 43.292).

Quedamos a su disposición para ampliar cualquiera de los aspectos aquí tratados.

Cordial saludo, 

PLANINCORP CONSULTORES, C.A.

 

El contenido del presente documento se basa en información disponible para el público. Este comunicado no tiene el propósito de asesorar a los destinatarios de éste, solo tiene carácter informativo. Bajo ninguna circunstancia, el contenido de esta comunicación podrá ser considerado como una sugerencia, recomendación o consejo profesional, en caso de requerir de información no dude en contactarnos a las siguientes direcciones de correo electrónico: Gustavo León: gustavo.leon@planincorp.com o  Pedro Luis Sosa: pedrol.sosa@planincorp.com.

subir Solicitar mas informacion
Regístrese ahora
Agencia de Marketing en Colombia | Blog de inteligencia emocional