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Reforma a la Ley de IGTF. Operaciones con alicuota 0

Actualizado el 15 d julio dl 2024

En fecha 12 de julio de 2024, mediante Gaceta Oficial Extraordinaria No 6.821 fue publicado el Decreto No 4.972 el cual fija en cero por ciento (0%) la alícuota del Impuesto a las Transacciones Financieras (IGTF) por las operaciones celebradas por los contribuyentes señalados en los numerales 1 al 4 del artículo 4 de dicha ley, a saber:

1.     Las personas jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica, calificadas como sujetos pasivos especiales, por los pagos que hagan con cargo a sus cuentas en bancos o instituciones financieras.

2.     Las personas jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica, calificadas como sujetos pasivos especiales, por los pagos que hagan sin mediación de instituciones financieras. Se entiende por cancelación la compensación, novación y condonación de deudas.

3.     Las personas jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica, vinculadas jurídicamente a una persona jurídica o entidad económica sin personalidad jurídica, calificada como sujeto pasivo especial, por los pagos que hagan con cargo a sus cuentas en bancos o instituciones financieras o sin mediación de instituciones financieras.

4.     Las personas naturales, jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, que sin estar vinculadas jurídicamente a una persona jurídica o entidad económica sin personalidad jurídica, calificada como sujeto pasivo especial, realicen pagos por cuenta de ellas, con cargo a sus cuentas en bancos o instituciones financieras o sin mediación de instituciones financieras.

Así las cosas, las operaciones celebradas en bolívares y sujetas anteriormente a un dos por ciento (2%) de IGTF quedan a partir del 15 de julio, fecha de entrada en vigencia del Decreto, sujetas a la nueva alícuota. El resto de los contribuyentes, entiendase, los descritos en los numerales 5 y 6 del referido artículo 4 seguirán estando gravados con un tres por ciento (3%) de impuesto sobre las operaciones efectuadas en moneda extranjera.

Quedamos a su disposición para ampliar cualquiera de los aspectos aquí tratados- 

Saludos cordiales, 

PLANINCORP CONSULTORES

 

El contenido del presente documento se basa en información disponible para el público. Este comunicado no tiene el propósito de asesorar a los destinatarios de éste, solo tiene carácter informativo. Bajo ninguna circunstancia, el contenido de esta comunicación podrá ser considerado como una sugerencia, recomendación o consejo profesional, en caso de requerir de información adicional puede contactarnos a través de las siguientes direcciones de correo electrónico: gustavo.leon@planincorp.com o pedrol.sosa@planincorp.com o por el teléfono 0412 5513173.

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